INTENDENCIA. Debe crear la Policía Municipal de Tránsito (PMT) mediante ordenanza si quiere el cumplimiento de sus disposiciones.
El gobierno municipal de la “Capital espiritual”, a cargo del intendente Diego Riveros (PLRA), no puede hacer cumplir las ordenanzas, reglamentos y resoluciones porque no cuenta con Policía Municipal de Tránsito (PMT). La administración comunal solo tiene una Dirección de Tránsito y cuyos agentes solo reciben el mote de “PMT” porque no cuenta con una ordenanza de creación como establece el artículo 55 de la ley orgánica municipal.

La ordenanza municipal N° 58/2025 por la cual se ordena que el estacionamiento en la vía pública de Caacupé es totalmente gratuito desde su promulgación no se hace efectiva porque la “PMT” no está facultada para hacer ejecutar la orden del intendente. Hasta hora el jefe comunal no mostró ninguna ordenanza de creación de la referida dependencia municipal.

Tampoco la Policía Nacional está facultada legalmente para obligar a la ciudadanía al cumplimiento de la normativa administrativa municipal. La fuerza pública solo puede acompañar el procedimiento municipal solo si el intendente solicita vía nota formal a la Policía Nacional y actuar de manera preventiva para evitar hechos punibles en la vía pública.

Otra ordenanza que también es letra muerta en la ciudad de Caacupé lleva el N° 29/2016 “Por la cual se reglamenta las actividades de los vendedores de velas y rosarios dentro del municipio de Caacupé”. En el Art. 2° de esta ordenanza establece que: “Los vendedores de velas y rosarios, deberán contar con la autorización municipal correspondiente, para el efecto, la Intendencia expedirá un carnet que contenga mínimamente: el Nombre y Apellido del titular, Cédula de Identidad N°, y la especificación del correspondiente rubro”.

Entre otros requisitos, para dedicarse a la venta de velas y rosarios, figuran: el censo de los vendedores, tener mayoría de edad, ser natural de Caacupé o estar inscripto en el padrón electoral de esta ciudad, presentar buena conducta, contar con carnet identificatorio, chaleco. Además, la citada ordenanza prohíbe la actividad informal en estado de ebriedad, bajo efecto de droga, vestidos en short, bermuda, musculosa, entre otras varias prohibiciones.

Estas disposiciones municipales nunca fueron cumplidas por falta de voluntad política de las autoridades comunales o por desidia. Ahora que empezó el problema con la extorsión o “apriete” para el pago por estacionamiento a turistas y peregrinos en la municipalidad se acuerdan que están obligados a cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la Ordenanza Municipal N° 29/206. Sin embargo, no se cuenta con PMT para la ejecución de la referida normativa municipal.
FOTOS. Gentileza
